Docentes vinculados en vigencia del decreto 1278 de 2002, para inscribirse en la evaluación de competencias para ascenso en el escalafón docente o reubicación en el Nivel salarial, debe tener en cuenta la siguiente información:
REUBICACIÓN DE NIVEL SALARIAL O ASCENSO EN EL ESCALAFÓN DOCENTE POR PRIMERA VEZ
- Estar inscritos en el Escalafón Docente.
- Haber cumplido tres (3) años de servicio en el nivel y grado en el escalafón que ostentan en el momento de la inscripción.
- Haber obtenido en los dos (2) últimos años evaluaciones de desempeño satisfactorias. (no se tiene en cuenta la calificación obtenida en el periodo de prueba).
- Acreditar los títulos de pregrado o posgrado obtenidos desde su ingreso al servicio o su último ascenso o reubicación, en todo caso obtenido antes de la inscripción en el proceso de evaluación de competencias.
REUBICACIÓN DEL NIVEL SALARIAL CON POSTERIORIDAD A LA PRIMERA RUBICACIÓN O ASCENSO:
Para ser reubicado de Nivel salarial con posterioridad a la primera reubicación o ascenso, deberán acreditar dos (02) evaluaciones de desempeño satisfactorias correspondientes a los años inmediatamente anteriores en un nuevo proceso de evaluación de competencias.
ASCENSO DE GRADO EN EL ESCALAFÓN DOCENTE:
Para ascenso al grado Dos (2), se requiere acreditar el título profesional de licenciado en pedagogía, o una profesión diferente.
Para ascenso al grado tres (3), debe contarse con título de maestría o doctorado en un área afín a la de su especialidad o desempeño, o en un área de formación que sea considerada como fundamental dentro del proceso de enseñanza – aprendizaje de los estudiantes.
Una Evaluación de desempeño satisfactoria correspondiente al último periodo académico calificado antes de la inscripción en el nuevo proceso de evaluación de competencias.